miércoles

Derechos y Deberes del Consumidor

Son Derechos y Deberes básicos del Cosumidor:
  1. La libre elección del bien o servicio
  2. Derecho a una información veraz y oportuna sobre: los bienes y servicios, su precio, deber de informarse responsablemente de ellos.
  3. No ser discriminado arbitrariamente por parte de proveedores de bienes y servicios.
  4. La seguridad en el consumo de bienes o servicios, la protección de la salud y el medio ambiente, y el deber de evitar los riesgos que puedan afectarles.
  5. Reparación e Indemnización adecuada y oportuna de todos los daños materiales y morales en caso de incumplimiento a lo dispuesto en esta Ley, y el deber de accionar de acuerdo a los medios que la Ley le franquea.
  6. Educación para un consumo responsable, y el deber de celebrar operaciones de consumo con el comercio establecido.
  7. Se establece el Derecho a Retracto: en los siguientes casos y bajo ciertas condiciones.


Derecho a la Reparación e Indemnización.

El consumidor tiene derecho a la REPARACIÓN SIN COSTO, DEVOLUCIÓN DEL DINERO O CAMBIO DEL PRODUCTO, durante el período de garantía legal.

El consumidor tiene derecho a la indemnización de perjuicios por los daños causados, por defraudaciones de la Ley 19.496.
La modificación legal, Ley 19.955, reconoce que el consumidor también podrá recurrir al Juzgado de Policía Local; por indemnización de prejuicios cuando la Ley especial no lo contemple.



Derecho de Retracto.

¿Qué es, o en qué consiste?

Es aquel en virtud del cual el consumidor podrá poner término unilateralmente al contrato.
¿Siempre procede el derecho a retracto?
No.
¿En qué casos procede?
  1. En la compra de bienes y contratación de servicios realizadas en reuniones convocadas o concertadas con dicho objetivo por el proveedor, en que el consumidor deba expresar su aceptación dentro del mismo día de la reunión.
  2. En los contratos celebrados por medios electrónicos, y en aquellos en que se aceptare una oferta realizada, a través, de catálogos, avisos, o cualquier otra forma de comunicación a distancia. En estos casos sólo procederá si el proveedor no ha dispuesto expresamente lo contrario.
  3. En el caso de prestaciones de servicios educacionales de nivel superior, proporcionadas por Centros de Formación Técnica, Institutos Profesionales y Universidades.

¿En qué plazo se puede ejercer el Derecho a Retracto?
Regla general: 10 días.
Excepción: 90 días.
Tratándose de contratos celebrados por medios electrónicos y en aquellos casos en que se aceptare una oferta realizada, a través, de catálogos, avisos, o cualquier otra forma de comunicación a distancia, el plazo será de 10 días, contados desde que se recibió el producto o contrato.

1 comentario:

JuanRo dijo...

Esta muy bueno bueno el nombre "Defensor vecinal", para que me ayuden los ire a visitar,ya que me encuentro en una incertidumbre legal, a causa de una orden de embargo por una deuda que no es mia.
Nos vemos